El 26 de septiembre de 2015 entraron en vigor las directivas ERP y ELD que obligan a etiquetar energéticamente todos los aparatos comercializados.
Es una nueva normativa Europea de etiquetado energético y diseño ecológico obligatoria desde 2015, define las emisiones contaminantes, niveles mínimos de eficiencia, emisiones máximas de NOx y nivel de ruido y es de obligado cumplimiento en los 27 estados miembros del área de influencia económica de la CE.
El objetivo de esta norma es alcanzar los protocolos internacionales de reducción de emisiones de CO2 y, más en concreto, lograr los objetivos del plan europeo 20/20/20 en el 2020:
Desde septiembre de 2015 afecta a los aparatos de menos de 400 kW (calderas, bombas de calor de aerotermia, equipos de cogeneración, calentadores y acumuladores). Lo que se resume de la siguiente manera: se prohíben los productos de menos eficiencia como las calderas convencionales, las que no son de condensación, calderas de condensación menos eficientes y bombas de calor menos eficientes.
La normativa ErP viene acompañada de la ELD o directiva de etiquetado energético en la que se obliga a identificar la eficiencia de los productos mediante una etiqueta energética con calificaciones de la A a la G.
La etiqueta energética es un distintivo obligatorio para los 27 países del ámbito económico de la UE con el que identificar la eficiencia energética de los productos.
Esta etiqueta de eficiencia energética siempre deberá estar en una parte bien visible del producto y en cualquier elemento publicitario como, por ejemplo: folletos, exposiciones, página web, catálogos, tarifas, etc.
En el sector de la calefacción y sistemas de climatización desde el año 2015, la etiqueta energética también debe aparecer en productos de calefacción y ACS (Agua Caliente Sanitaria), como, por ejemplo: en las calderas, bombas de calor eléctricas o a gas, aparatos de ecogeneración y calentadores acumuladores solares de menos de 70 kW.
Los instaladores deberán colocar una etiqueta energética en cada una de las instalaciones que realicen.
Desde el 26 de septiembre de 2015, los fabricantes tienen la obligación de diseñar y fabricar todos los equipos conforme a la norma ErP y también se les obliga a incorporar el etiquetado energético en todos los productos, la ficha de conjunto y la etiqueta de conjunto, añadir la ficha de producto en el manual de instalación o en la página web, y en toda la publicidad que realicen.
Actualmente las etiquetas energéticas exigidas por la UE son las más conocidas. Dividen los electrodomésticos y productos de calefacción en letras y colores, que van desde los muy eficientes (en color verde) hasta los que consumen más energía (color rojo).
Actualmente, los aparatos de calefacción se clasifican con letras que van desde A+++ (el más eficiente energéticamente) a D (el menos eficiente energéticamente).
Dentro de la clase A, existen 3 categorías: A+++, A++, A+.
Según la normativa europea, a partir de septiembre de 2015, los equipos de calefacción y/o producción de ACS (calderas de gas o gasóleo, bombas de calor, calderas y termos eléctricos y los equipos de energía solar con una potencia inferior a 70 kW y una acumulación inferior a 500 litros) deberán llevar la etiqueta energética.
La potencia calorífica nominal incluida, en condiciones medias, más frías y cálidas para aplicaciones de media y baja temperatura. Existen 3 zonas climáticas: El clima frío, el clima medio y el clima cálido. En el mapa se observa cuáles son las zonas del clima frío (se corresponde con la ciudad de Helsinki), medio (se corresponde con la climatología de Estrasburgo) y el clima cálido (se corresponde con la climatología de Atenas). Como se puede observar, España coincide con la temperatura de Atenas.
El objetivo final es que los ciudadanos de la Unión Europea puedan comparar de forma práctica y visual los datos de consumo energético, prestaciones y otras características de manera fiable, sencilla y equiparable apostando por la compra de los que tengan una mayor eficiencia energética.